En régimen general, este procedimiento está regulado por la Ley 4/2000 de extranjería y por el Decreto Ley 557/2011.
No obstante, en el caso de que el reagrupante sea miembro de un país de la UE, el proceso se rige por el real decreto 240/2017.
Lo que establecen estas regulaciones es que puedes traer a tu familia a España bajo un estatus legal, lo que les permitirá vivir y trabajar en el país sin necesidad de solicitar ningún tipo de permiso de residencia adicional.
Finalmente, cabe destacar que en el año 2015 se introduce una modificación para pasar a incluir un número más grande de familiares a poder reagrupar. Esto es lo que se conoce como familia extensa (que veremos más adelante), y te permitirá poder reagrupar a cualquier tipo de familiar, por más que no esté en primera línea de consanguinidad.
¿A quién se puede reagrupar?
¿Cómo reagrupar a padres?
¿Cómo traer a mi esposo o esposa?
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